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Un nuevo concepto de democracia

  • Julio A. Sánchez Flores
  • 24 oct 2015
  • 3 Min. de lectura

La democracia, una manera de gobernar según lo que piense y diga la mayoría, y que ha resistido la prueba del tiempo, o que ha evolucionado con los años, tiene muy lejos la posibilidad de mejorar si no la perfeccionamos a tiempo. Tengo la impresión - no sé si estaré equivocado – que un concepto que se originó en la Grecia antigua, en la época de Pericles (una cantidad de años a. C.), se formó para un cierto conjunto de circunstancia puede que no se ajuste hoy con tanta perfección como cuando Platón y Aristóteles la soñaban.

Una de las ventajas de este sistema de gobierno es su modo sencillo y definido de tomar decisiones, el cual se basa en lo que diga la mayoría, y no la fuerza. Sin embargo, una decisión tomada por mayoría puede conducir a injusticias y reconcomios, más si esta mayoría no está bien educada en asuntos de política. Una mayoría simple en una legislatura, aunque sea por un escaño, puede otorgar poder absoluto a un partido por todo el tiempo que dure el periodo. Un desarrollo normal de las elecciones puede equilibrar esta aparente injusticia, en la mayoría de los casos. Pero cuando existe una minoría significativa permanente, entonces los que son menos no tienen posibilidad alguna de alcanzar el poder, o de influir en las decisiones.

Sobre este aspecto, Edward de Bono (1990) propone una nueva manera de decidir más justa sin modificar la base democrática de los sistemas electorales ni influir en el voto de las personas, en lo que respecta a las discusiones de proyectos de leyes por parte de los legisladores. Para decidir recomienda que cada diputado electo debería recibir un cierto capital de unidades legislativas a lo que él denomina “legus”, término que se deriva de legislar.

Tanto el partido de gobierno como la oposición pueden presentar un proyecto de ley. Cada discusión tendrá en precio en legus. Este precio se podrá determinar por el número de miembros de la cámara o por la cantidad de temas que abarque el proyecto. Este precio de presentación constituye la oferta de apertura de la “subasta de temas” que tendrá lugar después.

Los que se oponen al proyecto harían su oferta en legus. Las ofertas continuarían de uno y otro lado. Si una oferta final de los que se oponen al proyecto igualara a los que lo apoyan, el proyecto quedaría bloqueado. Si la oferta final de la oposición superara a la de quienes lo han propuesto, entonces la postura de la posición se convertiría en ley. Por el contrario, si la oferta final de los que propician el proyecto resultara superior, sería el proyecto original el que pasaría a ser ley. En cualquiera de los casos, las unidades de la oferta final de ambas partes resultarían consumidas o perdidas como en un flujo de caja.

Con un sistema como éste, la mayoría tendría poder absoluto sólo hasta cierto punto. Habría una ventaja inicial en legus, pero esta ventaja se iría agotando ante la presentación de más proyectos. Al llegar a ese punto extremo, el partido minoritario tendría la oportunidad de lograr la aprobación de sus proyectos.

En contraste con la habitual mayoría absoluta y permanente, aquí el poder de la mayoría se iría consumiendo a medida que se utilizara. Además, existe la ventaja de que si hay un proyecto que no goce de las simpatías de la oposición, al partido gobernante le resultará muy costoso presionar excesivamente para lograr su aprobación por su alto costo en legus. Existiría más bien una tendencia a llegar a un acuerdo o negociar la aprobación.

Valdría la pena probarlo. No se pierde mucho con ésto si en verdad abrimos bien la “bocota” cuando hablamos de democracia.


 
 
 

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